En marzo de 2023, el IVDR se modificó en cuanto a las disposiciones transitorias para determinados dispositivos médicos de diagnóstico in vitro (IVD) en el artículo 110(4) con la eliminación del plazo de liquidación para evitar la eliminación innecesaria de dispositivos médicos de diagnóstico in vitro seguros que todavía se encuentran en la cadena de suministro.
A partir del 26 de mayo de 2022, todos los nuevos dispositivos médicos IVD comercializados y los dispositivos no estériles de clase A debían cumplir con el IVDR.